Ayuda a tu parroquia

Para que tu donativo pueda deducirse en la próxima Declaración de la Renta debes hacerlo antes de que termine 2024.

Donativos realizados a entidades incluidas en el ámbito de la Ley 49/2002

Los contribuyentes tendrán derecho a deducir de la cuota íntegra el resultado de aplicar a la base de deducción correspondiente al conjunto de donativos, donaciones y aportaciones con derecho a deducción, la siguiente escala aplicable

HASTA 150€A PARTIR DE 150€
Te puedes desgravar el 80% de todas tus donacionesDe los primeros 150€ deduces el 80%De la cantidad que supera esos primeros 150€ puedes deducirteEl 40% si has donado en los ejercicios anteriores una cantidad igual o superior al año anteriorEl 35% en el resto de los casos

Límite de la deducción: La base de las deducciones en los donativos dinerarios su importe no podrá exceder del 10% de la base liquidable del contribuyente. Por el exceso no se podrá practicar la deducción.

Se ha donado durante 2023, la cantidad de 20 euros al mes a la parroquia de San Juan de Ávila (con anterioridad no se realizó ninguna donación)
Derecho a deducción en el ejercicio 2023: 20 x 12 meses = 240 euros/año
150 x 80% = 120 euros
Resto (240-150) = 90 x 35%= 31,5 euros
Total 151, 50 euros

De los 240 euros donados te devuelven 151,50 euros

Se ha donado durante los tres años anteriores la cantidad de 20 euros al mes a la parroquia de San Juan de Ávila.
Se ha donado durante 2024, la cantidad de 20 euros al mes a la parroquia de San Juan de Ávila.
Derecho a deducción en el ejercicio 2023: 20 x 12 meses = 240 euros/año
150 x 80% = 120,00 euros
Resto (240-150) = 90 x 40%= 36,00 euros
Total 156, 60 euros

De los 240 euros donados te devuelven 156 euros

Descarga el folleto pulsando aquí: Folleto-deducción-donativos

También puedes consultar: Más formas de ayudar

Y el que os dé a beber un vaso de agua porque sois de Cristo, en verdad os digo que no se quedará sin recompensa. Marcos 9, 41